BAUTISTA RAMONA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se solicitó declaratoria de herederos por fallecimiento de Ramona Bautista y se acreditó estado civil y filiación de los presumibles sucesores. El Tribunal declaró herederos a los cinco hijos y al cónyuge, basando su decisión en la documentación acreditatoria, la publicación de edictos y el dictamen del Ministerio Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los presumibles herederos: Yesica Edith LOPEZ; Lorena Alejandra LOPEZ; Laura Soledad LOPEZ; Roberto Mario LOPEZ; Micaela Elizabet LOPEZ y el cónyuge Roberto Mario LOPEZ (actuantes como interesados en la declaratoria).
Demandado: Ramona BAUTISTA (causante, fallecida).
Objeto: Declaratoria de herederos por sucesión ab-intestato de Ramona Bautista.
Decisión: Se declaró herederos a los hijos Yesica Edith LOPEZ, Lorena Alejandra LOPEZ, Laura Soledad LOPEZ, Roberto Mario LOPEZ y Micaela Elizabet LOPEZ, y al cónyuge Roberto Mario LOPEZ (en cuanto a bienes propios y respecto de los gananciales los derechos que la ley le otorga). Se ordenó el cese de la intervención del Agente Fiscal y se registraron las actuaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literales):
"Que con la documentación que se agrega como archivo adjunto a esta providencia se acredita el fallecimiento de Ramona BAUTISTA ocurrido el día 23 de junio de 2025 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires."
"Que con la documentación que se agrega como archivo adjunto a esta providencia se acredita el matrimonio del causante con Roberto Mario LOPEZ , celebrado en esta ciudad el día 15 de septiembre de 2021."
"Que con la documentación que se agrega como archivo adjunto a esta providencia se acredita el nacimiento de los hijos del matrimonio: Yesica Edith LOPEZ, ocurrido el d{a 29/04/88, Lorena Alejandra LOPEZ, ocurrido el dia 28/07/82, Laura Soledad LOPEZ, el día 22/07/85, Roberto Mario LOPEZ el dia 06/06/86 y Micaela Elizabet LOPEZ, el dia 31/08/94, todos ellos en la Ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires."
"Que con la documentación obrante en autos se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C. y obran los oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales y Registro de Testamentos."
"Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara la Actuaria."
"Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los arts. 2.426 y 2.433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C. DECLARO: 1) Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por el fallecimiento de Ramona BAUTISTA la suceden en carácter de herederos sus hijos: Yesica Edith LOPEZ, Lorena Alejandra LOPEZ, Laura Soledad LOPEZ, Roberto Mario LOPEZ y Micaela Elizabet LOPEZ y su cónyuge: Roberto Mario LOPEZ ; esta última en cuanto a los bienes propios se refiere y si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga sobre los gananciales."
"(...) 2) Cése la intervención del señor Agente Fiscal. 3) REGISTRESE."
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