BARRIOS MAURICIO EDUARDO C/ BOJORGE MIGUEL ANGEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Aclaratoria solicitada por el Defensor Oficial en causa por daños y perjuicios automotores. El Tribunal desestimó el recurso de aclaratoria al entender improcedente incluir al tercero Francisco Javier Acosta Acuña y consideró que no existió omisión respecto de las costas, las cuales se impusieron a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Barrios Mauricio Eduardo.
Demandado: Bojorge Miguel Angel y otro/a.
Objeto: Daños y perjuicios automotor c/ les. o muerte (excepción estado).
Decisión: Se desestimó el recurso de aclaratoria interpuesto por el Defensor Oficial. Se negó la incorporación del tercero Francisco Javier Acosta Acuña al fallo y se sostuvo que no hubo omisión respecto de las costas, las cuales ya fueron impuestas a la demandada salvo las generadas por la citación en garantía rechazada que se impusieron al actor. Resolución: Desestimar el recurso de aclaratoria. Regístrese — notifíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, lenguaje original del Tribunal):
"1. El recurso de aclaratoria tiene una triple finalidad: la corrección de errores materiales, el esclarecimiento de conceptos oscuros y la subsanación de omisiones (arts. 36 inc. 3º y 166 inc. 2º)."
"2. En cuanto a incluir en el fallo al tercero Francisco Javier Acosta Acuña, entiendo que ello es improcedente en mérito a los alcances de su citación, dado que el actor no lo demandó ni lo citó, de lo que se sigue que no puede ser ni condenado ni absuelto en las presentes; ello, a diferencia de lo que ocurrió con la citada en garantía, cuya citación y condena sí fue pedida por el accionante. Respecto de la costas por la citación del tercero, entiendo que no existe omisión alguna, por cuanto las costas del proceso se impusieron a la demandada (con la sola excepción de las generadas por la citación en garantía rechazada que se impusieron al actor), por lo que va de suyo que ello incluye también las generadas por la citación del tercero Acosta Acuña."
"En virtud de estos fundamentos, RESUELVO: Desestimar el recurso de aclaratoria interpuesto por el Sr. Defensor Oficial. REGISTRESE
- NOTIFIQUESE."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el pronunciamiento analizado.
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