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SPIVAK, KRISTINA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

La peticionante solicitó la carta de ciudadanía argentina por incorporación. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°4 hizo lugar a la solicitud y declaró ciudadana argentina a Kristina Spivak, disponiendo la entrega del título respectivo condicionada al juramento de fidelidad y al cumplimiento de la obligación de enrolarse.

Ciudadania por incorporacion Ley 346 Decreto 3213/84 Juramento Inscripcion en registros Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Ministerio de relaciones exteriores Solicitud de carta de ciudadania Enrolamiento

Actor: KRISTINA SPIVAK, peticionante de la carta de ciudadanía. Demandado: Estado nacional / Autoridades competentes (Registro Nacional de las Personas, Dirección Nacional de Migraciones y Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, en relación con la tramitación y comunicación). Objeto: Concesión de la carta de ciudadanía argentina por incorporación conforme a Constitución, ley N° 346 y su decreto reglamentario. Decisión: Se declaró ciudadana argentina a Kristina Spivak (pasaporte nº 76 3354404, nacida el 21/09/1983 en Komsomolsk del Amur, Federación de Rusia) con las salvedades y comunicaciones indicadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario para la incorporación de extranjeros a la Ciudadanía Argentina." "Declarar ciudadana argentina a KRISTINA SPIVAK, PASAPORTE Nº 76 3354404, nacida el 21 de septiembre de 1983, en Komsomolsk del Amur, Federación de Rusia, de nacionalidad rusa, hija de Eduard Olegovich SPIVAK (padre) y de Natalia Viktorovna SPIVAK (madre), a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y que, en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina, la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el art. 15 del Decreto 3213/84, que determinará la cancelación de la ciudadanía, por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención." "Comuníquese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral-Registro de Cartas de Ciudadanía y a la Dirección Nacional de Migraciones mediante oficio de estilo. Líbrese oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto a fin de que, por la vía que corresponda, informe al país de origen de la persona solicitante que en las presentes actuaciones se le ha concedido el honor de adquirir la ciudadanía argentina."
- Fechas y datos relevantes: formulario de voluntad fechado 14/11/2024; intervención del Ministerio Público Fiscal con fecha 01/06/2026; fecha de firma de la resolución 06/08/2026; alta en sistema 07/08/2026.

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