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ROSSI ILDO S/ SUCESION AB-INTESTATO

La actora promovió trámite de sucesión ab-intestato por el fallecimiento de Ildo Rossi solicitando la declaración de herederos. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que heredan la hija MARIEL DORIS ROSSI y la cónyuge supérstite LIDIA LUCIA CHIECCHIO, conforme a lo ordenado por el Ministerio Fiscal y la normativa aplicable.

Sucesion ab-intestato Declaracion de herederos Certificado de defuncion (11/03/2026) Conyuge superstite Heredera Publicacion de edictos (art. 734 cpcc) Ccyccn arts. 2337/2340/2424/2426/2433 Intervencion del ministerio fiscal Registro de sentencia Junin (b)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MARIEL DORIS ROSSI. Demandado: Sucesión de ILDO ROSSI (causante). Objeto: Trámite de sucesión ab-intestato por fallecimiento de ILDO ROSSI (11/03/2026) y declaración de herederos. Decisión: Se declaró, en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de ILDO ROSSI le suceden en carácter de heredera su hija MARIEL DORIS ROSSI y su cónyuge supérstite LIDIA LUCIA CHIECCHIO, a quien también se la declaró heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Cése la intervención del Ministerio Fiscal. Regístrese. Notifíquese automáticamente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "I) Que con la documentación allegada con el escrito inicial de fecha 3/6/2026 y el certificado de defunción allí acompañado se acredita el fallecimiento de ILDO ROSSI ocurrido el día 11/03/2026. II) Que el causante había contraído matrimonio con LIDIA LUCIA CHIECCHIO en fecha 16/4/1964. III) Que de esa unión nació MARIEL DORIS ROSSI (13/06/1965). IV) Que con los diarios y recibos agregados los días 16 y 23/6/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 7, 2.337, 2.340, 2424, 2426, y 2433 del CCyCCN y arts. 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de ILDO ROSSI le suceden en carácter de heredera su hija MARIEL DORIS ROSSI y su cónyuge supérstite LIDIA LUCIA CHIECCHIO a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."

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