ARCA c/ AGUILAR ELIANA MARICEL s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La actora ARCA promovió ejecución fiscal contra AGUILAR ELIANA MARICEL por una deuda por $4.976.008,98. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución, autorizó a la AFIP a proceder al cobro, ordenó costas a la demandada y medidas de aseguramiento (embargo bancario e inhibición general de bienes) en caso de insuficiencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ARCA (Ex A.F.I.P.) — Administración Federal de Ingresos Públicos.
Demandado: AGUILAR ELIANA MARICEL.
Objeto: Ejecución fiscal por la suma de $4.976.008,98, más intereses legales, conforme boleta de deuda agregada en autos.
Decisión: Se declaró expedita la ejecución fiscal contra la demandada, habilitando a la AFIP a llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago; se impusieron costas a la demandada; se ordenó proceder al embargo bancario y, de resultar negativo o insuficiente, trabar inhibición general de bienes ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia; se indicó la forma de imputación de fondos y el procedimiento de liquidación e impugnación administrativa de la deuda.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Las presentes actuaciones caratuladas 'ARCA c/ AGUILAR ELIANA MARICEL s/EJECUCION FISCAL
- ARCA (Ex A.F.I.P.)', Expediente Nº22296/2026, venidas a despacho para resolver la ejecución fiscal promovida por ARCA en contra de AGUILAR ELIANA MARICEL por la suma de $4976008.98 correspondiente a los conceptos que surgen de la boleta de deuda agregada en autos."
"I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."
"II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia en los términos y modalidad requeridos por la ejecutante..."
Texto de la parte resolutiva:
"I.
- Declarar expedita la ejecución de la deuda en contra de el/la demandado/a AGUILAR ELIANA MARICEL, quedando la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $4976008.98, con más sus intereses legales.
II.
- Imponer las costas del proceso a la demandada (arts. 68 y 558 del CPCCN). Los honorarios correspondientes al letrado/a interviniente deberán estimarse administrativamente según lo previsto por el art. 92 de la Ley 11.683 y sus modificatorias...
V.
- La Administración Federal de Ingresos Públicos practicará la liquidación de la deuda, la que será notificada administrativamente junto a la presente haciendo saber al demandado que podrá impugnarla en el plazo de cinco (05) días ante este Tribunal (art. 92 y cc. de la Ley 11.683 y sus modificatorias)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: