VINO (3), MARA ANTONELLA EN EJERCICIO DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL DE SU HIJA V.A. J. C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO
La actora promovió una acción de amparo contra el Instituto de Obra Social de Entre Ríos para obtener cobertura de tratamientos para su hija. El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando la acción por no cumplir con los requisitos de matriculación del profesional propuesto.
- Quién demanda: Mara Antonella Vino
¿A quién se demanda?
Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura de tratamientos de acompañante terapéutico, psicopedagogía y psicología
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la acción de amparo promovida por la actora
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No advierto una negativa irrazonable por parte de la accionada a proveer lo pretendido. [...] la exigencia de matriculación profesional resulta razonable y constituye un requisito que tiene en miras el adecuado control estatal del ejercicio profesional, así como garantizar la calidad del servicio prestado." "La demandada obró con estricto apego a lo que le impone el marco normativo vigente." "No se avizora en autos alguna situación de emergencia sanitaria tan acuciante que excepcionalmente pudiera autorizar la flexibilización de los recaudos normales y habituales que deben satisfacerse en el común de los trámites ante las obras sociales."
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