ARGAÑARAZ RAÚL RENE C/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión de resoluciones de la Comisión Médica por enfermedades profesionales (cervicobraquialgia y lumbociatalgia) reclamando indemnización. El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconoció incapacidad permanente parcial del 17,06% T.O. y condenó a la aseguradora al pago de $19.960.695,42 por las prestaciones de la LRT y la indemnización adicional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Raúl Rene Argañaraz, trabajador que prestó servicios desde el 1/7/1987 como operario/mezclador en Productos de Goma Bayros S.R.L.
Demandado: Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada (A.R.T. que cubría a la empleadora).
Objeto: Revisión judicial de resoluciones de la Comisión Médica Jurisdiccional que calificaron las afecciones como inculpables; se reclama reconocimiento de enfermedad profesional y condena por indemnización conforme Ley de Riesgos del Trabajo.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se declaró la naturaleza laboral de la contingencia; se fijó incapacidad permanente parcial causal de 17,06% de la Total Obrera; se condenó a la aseguradora a pagar $16.633.912,85 (art.14 LRT) más $3.326.782,57 (art.3 Ley 26.773), total $19.960.695,42, a abonarse en 10 días bajo apercibimiento de embargo; costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Con la prueba pericial contable, testimonial escuchada e informativa producida (S.R.T. y AFIP/ARCA), resulta demostrada la vinculación laboral entre Argañaraz y Productos de Goma Bayros S.R.L.; extremos que se vislumbran de las aseveraciones de la encartada, lo que motiva su intervención en estas actuaciones; la recepción de la denuncia de los sucesos (artículos 54 d) y 57.5 de la Ley 15.057).-"
"Los testimonios escuchados, demuestran la causalidad del trabajo en las minusvalías reclamadas por Argañaraz; y la existencia de los agentes de riesgos a los que el trabajador estaba sometido por las labores que prestaba; coinciden en las continuas tareas de esfuerzo, manuales, repetitivas e individuales que hacía Algarañaz; que era el único mezclador ... 'Argañaraz se quejaba del dolor de espalda y tomaba paracetamol -se comía las pastillas' (artículos 54 d) y 57.5 de la Ley 15.057).-"
"De los antecedentes que preceden (prueba testimonial escuchada en la audiencia de vista de la causa); considero que la incidencia reclamada en autos por el legitimado activo ... es originada por las tareas que este prestó bajo la relación de dependencia de Productos de Goma Bayros S.R.L.; enfatizo que la relación causal de las enfermedades con el trabajo, se infiere de las declaraciones testimoniales escuchadas en la audiencia de vista de la causa (artículos 54 d) y 57.5 de la Ley 15.057).-"
"Conforme lo descripto precedentemente el porcentaje incapacitante emanado de estas actuaciones que afecta al pretendiente -según las previsiones de los párrafos que anteceden, asciende al 17,06% de la T.O. según la Fórmula Balthazard (capacidad restante) ... Total 17,06%."
"Por todo lo expuesto ... las prestaciones dinerarias que deben liquidarse en favor del accionante Raúl Rene Argañaraz son: Prestación Art. 14, a) Ley 24.557 $ 16.633.912,85. Prestación Art. 3, Ley 26.773 $ 3.326.782,57.
- $ 19.960.695,42.
- Dichos importes deberán ser abonados dentro de los diez días de notificada la presente sentencia, todo bajo apercibimiento de embargo (artículo 60 sig. y cc., Ley 15.057).-"
(Se consignan en el fallo además consideraciones sobre aplicación del Baremo Decreto 549/2025, la metodología de capacidad restante, la inoperatividad de la pericia psicológica en cuanto a reparación por preexistencias y la fundamentación normativa sobre actualización y RIPTE, así como la motivación para aplicar un piso indemnizatorio superior por razones de justicia reparatoria.)
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