VAN LIERDE LUCAS ALBERTO C/ ITALPAPELERA S.A. S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y las partes celebraron una conciliación por pesos catorce millones. El Tribunal homologó la conciliación por $14.000.000, reguló costas y honorarios y fijó tasa de justicia de $308.000.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: VAN LIERDE LUCAS ALBERTO.
Demandado: ITALPAPELERA S.A.
Objeto: Reclamo derivado de despido; las partes celebraron una conciliación por los rubros reclamados.
Decisión: Se homologó la conciliación celebrada por la suma de PESOS CATORCE MILLONES ($14.000.000), se reguló costas, tasa de justicia, y honorarios de letrados y perito; se fijaron pautas para el depósito y pago de las sumas y aportes.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"A LA UNICA CUESTION PLANTEADA EL SEÑOR JUEZ DOCTOR AMODIO DIJO:
La conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057
- RC 1840/24 SCBA). Costas conforme a lo solicitado.
ASI LO VOTO."
"Quilmes, en la fecha en que se suscribe con firma digital (Ac. SCBA. 3975/20).
AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: Que conforme lo resuelto en el Acuerdo precedente en la causa 42005, Caratulada: 'VAN LIERDE LUCAS ALBERTO C/ ITALPAPELERA S.A. S/ DESPIDO', el Tribunal RESUELVE:
1) HOMOLOGAR la conciliación celebrada entre las partes actora VAN LIERDE LUCAS ALBERTO y la demandada ITALPAPELERA S.A., por la suma de PESOS CATORCE MILLONES ($ 14.000.000) imputable a los rubros reclamados en autos y en la forma pactada en el Acuerdo presentado.
2) COSTAS: Las costas serán conforme a lo solicitado.
3) No ha lugar a la exención del pago de la tasa de justicia y su adicional, correspondiendo fijar en concepto de TASA de JUSTICIA, la suma de $ TRESCIENTS OCHO MIL ($ 308.000), la que deberá ser abonada dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente..."
- Otras providencias relevantes:
Regulación de honorarios: letrados de ambas partes y perito contadora; honorarios del perito fijados en $700.000 más IVA y recargos legales. Órdenes sobre forma de pago (depósito en cuenta sueldo o cuentas informadas), intimaciones y plazos para acreditar pagos y aportes (plazo de 60 días para aportes de los beneficiarios).
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