MAIDANA ENRIQUE ABEL C/ MORA LEANDRO S/ DESPIDO
Reclamo laboral por despido y diferencias salariales del sector de la construcción. El Tribunal declaró acreditada la relación laboral, condenó parcialmente al empleador al pago de $168.834,34 actualizables por IPC + 3% anual y declaró inconstitucional el art. 55 de la ley 27.802 en el caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Maidana Enrique Abel, por intermedio de apoderado Dr. Crifo Angel Daniel.
Demandado: Mora Leandro.
Objeto: Reconocimiento de relación laboral desde 1/8/2019 como Oficial Albañil (CCT 76/75), diferencias salariales, salarios adeudados (octubre y noviembre 2019), SAC proporcional 2º semestre 2019, vacaciones proporcionales, fondo del cese laboral y demás rubros derivados del despido; peticiones accesorias (indemnizaciones previstas en ley 22.250 arts.18 y 19, art.80 LCT, art.132 bis, salario familiar).
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se declaró la relación laboral y el cese el 28/11/2019; se condenó a Mora Leandro al pago de $168.834,34 por los conceptos detallados (fondo del cese, salarios octubre y noviembre 2019, SAC 2º semestre 2019, vacaciones proporcionales, diferencias salariales), con actualización por IPC más 3% anual desde el 28/11/2019 hasta su efectivo pago. Se rechazaron los reclamos basados en arts. 18 y 19 de la ley 22.250, art.80 y art.132 bis LCT, y salario familiar. Costas a cargo de la demandada. Se declaró inconstitucional el art. 55 de la ley 27.802 y se aplicó el criterio de actualización del art. 276 LCT (texto sustituido por art.54 ley 27.802).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- Sobre la rebeldía y presunción favorable al actor:
"La rebeldía firme genera una presunción de verosimilitud de los hechos lícitos alegados en la demanda, que no encuentro desvirtuada por elementos válidos en contrario, y que resulta ratificada por las probanzas y circunstancias que meritaré.
El estado de rebeldía ha dejado incumplida la carga probatoria que pesa sobre el empleador en punto al pago y monto de los salarios, ante la falta de exhibición de registros contables y la omisión registral señalada genera presunción favorable a los dichos del trabajador según art. 55 de la LCT."
- Sobre la acreditación de la relación, categoría, jornada y remuneración:
"Con lo aportado en autos, tengo por acreditado que el actor ingresó a la laborar a las órdenes del demandado el día 1 de Agosto de 2019, en la categoría de la categoría de 'Oficial Albañil' conforme el artículo 5 del C.C.T 76/75, cumpliendo jornadas de trabajo de lunes a 8:00hs a 18:00 hs., siendo su mejor remuneración devengada conforme salario de CCT 76/75 de $ 39.085 a la época de la desvinculación."
- Sobre la procedencia parcial y montos:
"La demanda deberá admitirse en cuanto impetra pago de salarios adeudados (Octubre y noviembre de 2019), SAC proporcional 2do.semestre año 2019, vacaciones proporcionales y diferencias salariales... propicio se fijen los montos siguientes: salarios adeudados octubre y noviembre de 2019 $ 78.170; SAC 2do.semestre año 2019, $ 12.214,50; Vacaciones proporcionales $ 5.871,00; diferencias salariales (menos $ 7000 percibidos meses agosto y septiembre de 2019) $ 54.404. El monto total por el que propicio se haga lugar a la demanda es de $ 168.834,34."
- Sobre la inaplicabilidad del art.55 ley 27.802 y criterio de actualización:
"Al analizar la situación en concreto, el juzgador debe preservar el poder adquisitivo de los créditos de naturaleza laboral y alimentaria... Por lo fundamentos expuestos por el actor corresponde declarar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 55 de la ley 27.802 en la presente causa... corresponde aplicar al presente el art. 276 de la LCT según texto introducido por el art. 54 de la misma ley, actualizando el crédito del actor conforme la variación del Indice de Precios al Consumidor
- Nivel General
- elaborado por el INDEC, con más una tasa de interés pura del 3% anual desde que cada suma fue debida hasta la de su efectivo pago."
- Dispositivo principal (extracto):
"I) Declarar la Inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.802 II) Hacer lugar a la demanda incoada por MAIDANA ENRIQUE ABEL contra MORA LEANDRO. III.
- Condénase al demandado Leandro Mora a abonar al actor ... la suma de $ 168.834,34 ... III)
- Recházase la acción incoada respecto a la indemnización pretendida respecto del art. 18 y 19 de la ley 22.250, art.80 y 132 bis de la LCT , y salario familiar. IV) La suma señalada ... deberá actualizarse ... mediante el índice IPC más un 3% de interés puro anual, desde que la suma es debida (28 de noviembre de 2019) y hasta su efectivo pago."
- Votos: La sentencia fue colegiada; los Dres. Amodio y Ginocchio adhieren a los fundamentos y decisorio de la Dra. Vodeb.
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