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FRANCO CRISTIAN MARCELO C/ DOHM S.A. S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido y acordó transacción con la demandada por la suma de $20.000.000. El Tribunal homologó el acuerdo por considerarlo una justa composición de derechos e intereses, impuso costas a la demandada y reguló honorarios y pericia.

Juicio laboral Despido Homologacion de conciliacion Art. 15 lct Costas Honorarios judiciales Tasa de justicia Regulacion de perito Transaccion Tribunal del trabajo n? 1.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Franco Cristian Marcelo. Demandado: DOHM S.A. Objeto: Reclamo por despido; las partes celebraron un acuerdo conciliatorio de fecha 22/6/2026 cuya homologación se solicitó. Decisión: Homologar la transacción de fecha 22/6/2026 por la cual la demandada abonará al actor PESOS VEINTE MILLONES ($20.000.000); imponer las costas a la demandada; regular y distribuir honorarios de letrados y perito; intimar el pago de tasa de justicia y contribución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal): "Que en fecha 22/6/2026 ambas partes manifiestan haber arribado a un acuerdo conciliatorio cuya homologación peticionan y debo decir que no advierto inconveniente alguno en acoger favorablemente la homologación peticionada, dada la razonabilidad del acuerdo celebrado, la expresa conformidad prestada por las partes intervinientes y la ausencia de violación de norma de orden público alguna.- Ello así pues, el requisito de homologación establecido por la ley laboral sustantiva en su art. 15 está dirigido a hacer efectivo el 'orden público laboral' en el que prima el principio protectorio hacia el trabajador.
- Ello impone la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada, circunstancia configurada en autos, en atención a los términos del reclamo deducido, la manera en que quedó trabada la litis, las manifestaciones vertidas por las partes en el convenio de fecha 22/6/2026, las probanzas reunidas hasta el presente y la ratificación personal prestada por el actor en la presentación adjunta al escrito de fecha 24/6/2026 (doct. art. 277 L.C.T.).- Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (art. 15 de la L.C.T. y 30 ley 15.057 y Res. SCBA 1840-24 y 6 sgtes y concordantes de la ley 24.557).-"
- Decisiones concretas y montos/medidas relevantes incluidas en el fallo: I. Homologar el acuerdo por PESOS VEINTE MILLONES ($20.000.000) conforme art. 277 L.C.T. (texto Ley 27.802). II. Imponer las costas a la demandada. III. Regular honorarios: Dr. Sebastián J. Galante 16.08 jus; Dr. Max Ungerer 64.32 jus; Dr. José Carlos Gutiérrez 96.48 jus, con sus adicionales. Perito contadora María Andrea Beyrne: PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000) más adicional del 10%. V. Requerir a la demandada realizar pago de honorarios y aportar acreditación de cargas previsionales en los diez días de percibido. VI. Intimar a la demandada a acreditar en cinco días el pago de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA MIL ($440.000) en concepto de tasa de justicia y PESOS VEINTIDOS MIL ($22.000) por la contribución del 5%, bajo apercibimiento de remisión de antecedentes a la Oficina Pericial Departamental y comunicación a la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.

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