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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LA ROSA AZUL S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por apremio provincial para cobrar una deuda tributaria por $21.255,60 más intereses. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y el remate hasta que LA ROSA AZUL S.A. pague íntegramente la suma reclamada, imponiendo las costas a la vencida y aplicando intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Trance y remate Intimacion de pago Embargo Intereses (art. 104 codigo fiscal) Domicilio ad litem Costas a la vencida Ley 13.406 Monto $21.255 60

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: LA ROSA AZUL S.A. Objeto: Ejecución por apremio provincial para el cobro del capital reclamado en PESOS VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 60/100 ($21.255,60), con aplicación de intereses desde la interposición de la demanda conforme al artículo 104 del Código Fiscal. Decisión: Se hace lugar a la ejecución: ordenar la causa de trance y remate y continuar la ejecución hasta el pago íntegro por parte de LA ROSA AZUL S.A.; se aplica interés conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; se tienen por constituidos los domicilios ad litem y se imponen las costas a la vencida; difiérese la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes y citas textuales): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC)." "Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos." "FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, LA ROSA AZUL S.A.; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 60/100, ($ 21.255,60). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago." "Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad." Se agrega y tiene presente el mandamiento de intimación de pago y embargo acompañado en autos.

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