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NUÑEZ MIGUEL ANGEL C/ PEREZ WALTER ARIEL Y OTRA S/ DETERMINACION PRECIO/ALQUILERES

El actor promovió demanda de determinación de precio por ocupación exclusiva de inmueble hereditario y cobro de canon locativo. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró acreditada la ocupación exclusiva sin autorización de los coherederos y fijó el canon locativo en $452.000 mensuales desde el 11/07/2022, con intereses y costas a cargo de las demandadas.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Miguel Ángel Nuñez, coheredero en el sucesorio "Barbano Pompeya s/ Sucesión Ab-Intestato". Demandado: Walter Ariel Pérez y Noelia Elizabeth Villalba, ocupantes del inmueble. Objeto: Fijación y cobro de canon locativo/indemnización por ocupación exclusiva del inmueble sito en Achaval Nº 3450, Monte Chingolo, Partido de Lanús, integrando el acervo hereditario. Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se condenó a las demandadas a abonar la suma que resulte de la liquidación conforme pautas del fallo; se fijó el canon locativo en PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($452.000.-) mensuales mientras no cese la ocupación, con intereses desde el 11 de julio de 2022; costas a cargo de las demandadas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "En tal carácter, el actor se encuentra legitimado para ejercer, en igualdad de condiciones con los restantes coherederos, las facultades de uso y goce sobre el bien integrante del acervo hereditario durante el estado de indivisión, constituyendo dicha calidad el presupuesto jurídico que sustenta la pretensión indemnizatoria deducida en autos, en tanto el reclamo encuentra fundamento en la privación del ejercicio de tales facultades por parte de quien afirma haber sido excluido de su utilización. Por otro lado, tampoco se encuentra controvertido que el inmueble objeto de litigio, sito en la calle Achaval N° 3450 ... es ocupado por los aquí demandados, circunstancia que, además de surgir reconocida por éstos al momento de contestar demanda, se encuentra corroborada por la prueba producida en autos. Asimismo, el primer reclamo tendiente a exteriorizar la oposición al uso exclusivo del bien se materializó mediante Carta Documento de fecha 11 de julio de 2022, por la cual se requirió la correspondiente compensación económica por dicho uso." "En consecuencia, apreciada la totalidad de la prueba conforme las reglas de la sana crítica (art. 384 del C.P.C.C.), se encuentra acreditado que los demandados ocupan el inmueble objeto de autos, encontrándose el actor privado de su uso y goce. ... La defensa articulada por los demandados, consistente en afirmar que la ocupación del inmueble obedeció a la autorización conferida por una de las coherederas, no encuentra respaldo en elemento probatorio alguno incorporado a estos obrados." "La perito martillera
- SARA LILIANA MIELNIK
- ... estableció ... el valor de locación del mismo en PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000.-). ... con motivo del pedido de actualización ... estableciendo el valor locativo mensual del inmueble en la suma PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($452.000.-), ... dicha actualización no ha sido objetada por las partes. ... en tal entendimiento, y luego de la operación aritmética de rigor, el canon locativo corresponde establecer en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($452.000.-)." "Para que exista la obligación de pagar el precio del alquiler de quien usa exclusivamente la cosa en su provecho, hacia quien no lo hace; es menester, en principio, la comunidad del bien en cuestión, luego la expresión inequívoca del 'ius prohibendi' por parte del condómino que desea el cese del uso exclusivo del otro. ... No esta negado por las accionadas que ocupan el inmueble objeto de autos en modo exclusivo, excluyendo al restante titular del dominio de ello." "Se tendrá como fecha de mora ... a partir del día 11 de Julio de 2022
- debiendo practicar la correspondiente liquidación para establecer la cuantía del presente reclamo, una vez que se encuentre firme y consentida la presente."
- Texto del fallo (resumen de lo resuelto): "Hacer lugar a la demanda ... condenando a éstas a abonar al actor, la suma que resulte del cálculo liquidatorio ... dentro del plazo de diez días de aprobada liquidación respectiva, con más los intereses señalados. Fijando en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($452.000.-) ... el canon locativo ... con más sus intereses que se calcularán desde la mora ocurrida desde el día 11 de Julio de 2022. Imponer las costas a la demandada que resulta vencida."

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