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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ACOSTA LUIS ALBERTO S/ COBRO EJECUTIVO

El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió cobro ejecutivo por tarjeta de crédito contra Acosta Luis Alberto. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución por $126.434,75 más intereses y costas, determinando fecha de mora 1/9/2021 y aplicando tasas según el promedio publicado por el BCRA con un adicional del 50% por punitorios.

Cobro ejecutivo Tarjeta de credito Mora automatica (clausula sexta) Intereses segun promedio bcra Punitorios +50% Ley 25.065 Art. 540 cpcc Mandamiento / intimacion Ejecucion judicial Banco de la provincia de buenos aires

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: ACOSTA LUIS ALBERTO. Objeto: Ejecución de deuda derivada de un contrato de emisión de tarjeta de crédito; cobro ejecutivo de la suma principal y sus intereses. Decisión: Se mandó llevar adelante la ejecución hasta hacer al acreedor íntegro pago de $126.434,75 más intereses y costas; se difirió la regulación de honorarios; se constituyó domicilio del ejecutado en los estrados del Juzgado; se dejó constancia de la intimación practicada en Campana; se ordenó notificación al actor y al demandado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, lenguaje original del Tribunal): "Que encontrándose el demandado debidamente intimado de pago, conforme diligencia de día 9/10/2025 (vg. INFORME POR MANDAMIENTO / MANDAMIENTO INFORMADO (249301576008836347) y no habiendo opuesto excepciones (Conf. Art. 542 del CPCC), corresponde mandar llevar adelante la ejecución (Art. 540 del CPCC)." "Tratándose el documento base del presente de un CONTRATO DE EMISIÓN DE TARJETA DE CRÉDITO; y habiéndose pactado en el mismo que, en caso de incumplimiento, la mora se produciría de pleno derecho por el mero vencimiento del plazo (clausula SEXTA) la misma ha de tenerse por operada el día 1/9/2021-" "Respecto a los intereses, al capital de condena señalado, deberá adicionarse intereses al promedio de tasas del sistema para operaciones de préstamos personales publicados por el Banco Central de la República Argentina (conforme lo previsto para este título en los art. 16 y 18 de la Ley 25.065), a computarse desde la fecha de mora hasta su pago, con más un 50% de dicha tasa, en concepto de punitorios por el mismo período." Fallo: "I.
- Mandando llevar adelante la ejecución contra ACOSTA LUIS ALBERTO hasta hacer al acreedor BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago de la suma de $126.434,75.
- con más los intereses establecidos precedentemente y las costas (Arts. 68 y 556 del C.P.C.C.)." (Se consignan asimismo, en el decisorio, la diferenciación sobre honorarios, constitución de domicilio en estrados y la notificación y publicación ordenadas.)

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