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EN - SS - AMBIENTE c/ FRIGORIFICO PILAR SA - EX 135322633/22 s/PROCESO DE EJECUCION TRIBUTARIA

El Estado Nacional - Subsecretaría de Ambiente promovió ejecución fiscal contra FRIGORÍFICO PILAR SA por una multa de $25.000 más intereses y costas. El Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N°5 hizo lugar a la ejecución, ordenando el pago de $25.000 más intereses calculados conforme la tasa pasiva promedio del BCRA y imponiendo las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Multa administrativa Subsecretaria de ambiente Frigorifico pilar sa $25.000 Intereses bcra tasa pasiva promedio Certificado de deuda n? 582/23 Costas a la ejecutada Cpccn C.c.c.n.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Estado Nacional
- Subsecretaría de Ambiente. Demandado: FRIGORÍFICO PILAR SA, CUIT N° 30-66352868-4. Objeto: Ejecución fiscal por una multa por $25.000 (certificado de deuda Nro: 582/23), más intereses y costas. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el efectivo pago de $25.000 más intereses calculados conforme la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el Banco Central de la República Argentina (Comunicación B.C.R.A. nro. 14.290), y se impusieron las costas a la ejecutada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): IV. "No habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones, siendo el certificado de deuda título ejecutivo hábil y concurriendo los demás requisitos extrínsecos de admisibilidad de la pretensión, corresponde dictar sentencia mandando llevar adelante la presente ejecución por la suma reclamada con más sus intereses que serán calculados de acuerdo a la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el Banco Central de la República Argentina, conforme comunicación B.C.R.A. nro. 14.290 (CNCAFed., Sala II, in re: 'DNM c/ Faye, Adama-Expte 5977851/22 s/Ejecución Fiscal Tributarios', Exp. N° 6.298/2024, 12/09/2025), que se calcularán desde la fecha de la mora hasta su efectivo pago (arts. 768 y 769 del C.C.C.N. y arts. 550 y 551 del CPCCN)." V. "Las costas serán impuestas a la ejecutada vencida (art. 558 CPCCN)." Parte dispositiva: "1) Mandando llevar adelante la ejecución promovida por el Estado Nacional
- Subsecretaria de Ambiente contra FRIGORIFICO PILAR SA, CUIT N° 30-66352868-4, hasta hacerse íntegro pago a la ejecutante de la suma de pesos $25.000 con más los intereses fijados en el considerando IV (arts. 768 y 769 del Código Civil y Comercial de la Nación). 2) Imponiendo las costas a la ejecutada (art. 558 del CPCCN)." Fecha de firma: 16/07/2026.

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