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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CAPECE CARLA FLAVIA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Carla Flavia Capece por deuda tributaria. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución al no oponerse excepciones legítimas, condenando al pago de $1.928.684,20 más intereses anuales.

Apremio provincial Deuda tributaria Fisco Ejecucion Falta de defensas Proceso de cobranza Intereses Tasa bancaria Liquidacion Diligencia de intimacion.

Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Carla Flavia Capece

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de deuda tributaria de $1.928.684,20 (un millón novecientos veintitrés mil seiscientos ochenta y cuatro con 20/100 pesos) mediante proceso de apremio provincial.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la deudora Carla Flavia Capece haga íntegro pago al Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal para hacerlo, el que se encuentra vencido según informa la actuaria en éste acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC según art. 25 de la Ley 13.406)." "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y art. 10 ult. Pfo. y 25 de la Ley 13.406 FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor CARLA FLAVIA CAPECE haga integro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos UN MILLON NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 20/100 ($1.928.684,20) con mas un interes anual calculado a partir de la fecha de interposición de la demanda." El interés anual fue fijado conforme a las disposiciones del Acuerdo 3886/18 de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, sin exceder la tasa vigente que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en acuerdos para sobregiro en cuenta corriente, incrementada hasta un 150%, a ser establecida por el Poder Ejecutivo a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.

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