NACCARI MONICA SUSANA C/ TERAN NESTOR OSCAR Y OTROS S/ EJECUCION HONORARIOS
Se homologó un convenio extrajudicial de pago de honorarios en ejecución. El Tribunal reguló los honorarios profesionales de los abogados intervinientes en el proceso conforme a la Ley 14.967, estableciendo montos de $55.147,71 para cada uno de los letrados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): Naccari Mónica Susana A quién se demanda (Demandado): Terán Néstor Oscar y otros Qué se reclama (Objeto de la demanda): Ejecución de honorarios por tareas profesionales realizadas en el proceso Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal hizo lugar al incidente de regulación de honorarios. En primer lugar, homologó el convenio sobre pago extrajudicial celebrado entre las partes conforme al artículo 308 del Código Procesal Civil y Comercial. Habiendo quedado desinteresado el acreedor ejecutante, procedió a regular los honorarios de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 15, 16, 21, 22, 34, 41, 51 y 54 de la Ley 14.967. Fundamentos principales de la decisión: El pronunciamiento se sustenta en la aplicación de la Ley 14.967 (régimen de honorarios de abogados en la Provincia de Buenos Aires), regulando los honorarios del Dr. Matías Messineo Alomar en PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($55.147,71) y los del Dr. Pablo H. Salerno en igual cantidad: PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($55.147,71). La regulación se efectuó sobre una base de $275.748,56, con adición del 10% de aportes previsionales conforme al artículo 12 inciso a de la Ley 6716 y 21% de I.V.A. en caso de corresponder. El Tribunal consideró que habiendo existido un convenio extrajudicial homologado y quedando desinteresado el acreedor ejecutante, correspondía proceder a la regulación de los honorarios de los profesionales que intervinieron en las tareas realizadas en el proceso.
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