ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Se promovió ejecución fiscal por deuda registrada en boleta de deuda contra la ejecutada. El Juzgado declaró expedita la ejecución y habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital reclamada, imponiendo las costas a la ejecutada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (actora/mandante de la ejecución).
Demandado: la parte ejecutada (no se individualiza nombre en el extracto).
Objeto: ejecución de deuda contenida en una boleta de deuda, con apercibimiento para obtener el íntegro pago del capital y sus intereses.
Decisión: declarar expedita la ejecución y habilitar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para proceder con la ejecución hasta obtener el pago íntegro; imponer costas a la ejecutada; ordenar notificaciones y comunicaciones institucionales; archívese oportunamente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239."
"Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía."
"Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses."
"Imponer las costas del proceso a la ejecutada."
- Fechas relevantes: Fecha de firma: 07/07/2026. Expediente: FSM 34574/2026.
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