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ARCA c/ RODRIGUEZ FRANCISCO LEANDRO s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra Francisco Leandro Rodríguez por una deuda tributaria. El Juzgado ordenó llevar adelante la ejecución por $40.440.262,56 más sus intereses y costas, impuso las costas al demandado y exigió a la actora la práctica de la liquidación de la deuda.

Arca Ejecucion fiscal Deuda tributaria Liquidacion de deuda Costas al demandado Domicilio fiscal Art. 43 cpccn Art. 70 cpccn Intereses Juzgado federal de comodoro rivadavia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.). Demandado: RODRIGUEZ FRANCISCO LEANDRO. Objeto: Cobro de la suma de $40.440.262,56, con más el 15% para responder a intereses y costas (ejecución fiscal). Decisión: Se hizo lugar a la ejecución y se mandó llevar adelante la misma hasta el íntegro pago de la suma reclamada con intereses y costas; las costas se imponen al demandado; se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda; se rechazó la aplicación del art. 43 del CPCCN (Ley U-0692) por existir domicilio fiscal del demandado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como constan en la sentencia): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 40440262.56, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-" "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-" Resolución (puntos relevantes tal como consta en el decisorio): "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra RODRIGUEZ FRANCISCO LEANDRO, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO., de la suma de $ 40440262.56, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.-" "2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-" "3) No hacer lugar al pedido que se aplique el art. 43 del C.P.C.C.N. (LEY U-0692), habida cuenta de que el demandado tiene domicilio fiscal (art. 3 de la Ley 11683), por lo que las notificación serán practicadas en el mismo o en el domicilio fiscal electrónico, según corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 92 de la ley 11683 (texto según ley 27430).-"
- Fechas y firma: Fecha de firma 06/07/2026; Alta en sistema 07/07/2026. Firmado electrónicamente por Guido S. Otranto, Juez Federal Subrogante.

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