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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GRUPO AIDA SA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió procedimiento de apremio provincial contra Grupo Aida SA por cobro de deuda fiscal. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución por la suma de $83.271,60 más intereses conforme lo prescripto por el Código Fiscal.

Apremio provincial Deuda fiscal Cobro de capital Intimacion de pago Ejecucion Codigo fiscal Falta de excepciones Codigo procesal civil y comercial Ley 13.406 Intereses fiscales

Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Grupo Aida SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de capital por deuda fiscal de PESOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO CON SESENTA CENTAVOS ($83.271,60), más intereses desde la interposición de la demanda (13-05-19).

¿Qué se resolvió?

El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado haga íntegro pago al accionante de la suma reclamada. Se impusieron las costas al vencido, difiriéndose la regulación de honorarios. Se constituyó domicilio del demandado en los estrados del Juzgado. Fundamentos principales de la decisión: "Habiendo sido el demandado GRUPO AIDA SA intimado de pago en el domicilio de calle Cuenca 2875 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado GRUPO AIDA SA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO CON SESENTA CENTAVOS ($83271,60) A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 13-05-19 y hasta su efectivo pago."

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