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CIENTOFANTE FEDERICO ALEJANDRO S/ RECTIFICACION DE PARTIDAS

Federico Alejandro Cientofante promovió demanda de rectificación de asientos registrales para corregir errores en los nombres y apellidos de su abuelo, padre e hijo en cuatro actas de estado civil. El Tribunal hizo lugar a la pretensión y ordenó al Registro de Estado Civil rectificar los actas según lo solicitado.

Rectificacion de asientos registrales Estado civil Errores materiales en actas Nombres y apellidos Registro de estado civil y capacidad de las personas Genealogia Correccion de errores administrativos Legitimacion activa Orden de rectificacion

Quién demanda: Federico Alejandro Cientofante, en causa propia.

¿A quién se demanda?

Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Rectificación de cuatro actas de estado civil:
- Acta de nacimiento de Pantaleon Cientofante: modificar el nombre del padre de "Rafael Cientofante" a "Raffaele Centofanti" y el apellido a "Pantaleon Centofanti"
- Acta de defunción de Pantaleon Cientofante: agregar nombres de progenitores "Raffaele Centofanti y Maria Viscardi" y rectificar nombre a "Pantaleon Centofanti"
- Acta de nacimiento de Alejandro Jorge Cientofante: modificar nombre del abuelo a "Raffaele Centofanti" y apellidos a "Pantaleon Centofanti" y "Alejandro Jorge Centofanti"
- Acta de nacimiento de Federico Alejandro Cientofante: modificar apellido del padre a "Alejandro Jorge Centofanti" y propio a "Federico Alejandro Centofanti"

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda de rectificación en todos los términos solicitados. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal realizó un análisis detallado de cada acta, constatando la documentación acompañada. Respecto al acta de nacimiento de Pantaleon Cientofante, el Tribunal expresó: "Que teniendo en consideración el certificado de nacimiento acompañado en el escrito inicial, se vislumbra que el nombre y apellido correcto del padre del Sr. Pantaleon Cientofante es 'Raffaele Centofanti' y no 'Rafael Cientofante' como figura en el cuerpo del acta. Por el mismo motivo el apellido del Sr. Pantaleon Cientofante debe ser modificado por el de 'Pantaleon Centofanti'." En relación al acta de defunción de Pantaleon Cientofante, el Tribunal señaló: "En base a la misma documental aportada y siguiendo la lógica del párrafo anterior, tal como se manifiesta no se encuentra agregado el padre del difunto, este es 'Raffaele Centofanti' y cabe agregar el nombre de la madre 'Maria Viscardi'." El Tribunal aplicó la misma lógica a las actas posteriores de los descendientes, constatando que los errores materiales se derivaban de la información correcta del acta del abuelo. En las consideraciones finales, el Tribunal expresó: "En virtud de lo expuesto, ponderando la prueba documental acompañada, lo dictaminado por el Ministerio Publico Fiscal y el Registro Civil de la Provincia de Buenos Aires, corresponde hacer lugar a la rectificaciones pretendidas sobre las actas en cuestión." El Tribunal ordenó al Registro de Estado Civil proceder a la rectificación mediante oficio y testimonio, con supeditan del libramiento de tales documentos a la cancelación previa de los honorarios profesionales regulados en 7 JUS arancelarios.

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