MARCOTULLI CATALINA GRISELDA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declara heredero universal a Elvio Enrique Capdevila Marcotulli por fallecimiento de Catalina Griselda Marcotulli. El Tribunal acogió la sucesión ab-intestato, constatando la inexistencia de testamento y la calidad de hijo adoptivo plenamente filiado del causante.
Quién demanda: Elvio Enrique Capdevila Marcotulli (en calidad de presunto heredero)
¿A quién se demanda?
Sucesión de Catalina Griselda Marcotulli
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de heredero universal por sucesión ab-intestato de Catalina Griselda Marcotulli, DNI F8.785.867, fallecida el 5 de septiembre de 2025
¿Qué se resolvió?
Se declara a Elvio Enrique Capdevila Marcotulli como universal heredero de Catalina Griselda Marcotulli
Fundamentos principales de la decisión:
"Que con la documentación adjunta en formato PDF al escrito de inicio y lo allí denunciado, se acredita: a. el fallecimiento de la Sra. Catalina Griselda Marcotulli, DNI F8.785.867, acaecido el día 5 de Septiembre de 2025; b. que la misma resultaba ser al momento de su deceso, de estado civil soltera; c. que de la unión de Elvira del Carmen Torres y Martín Jacinto Capdevila, nació: Elvio Enrique, el día 11 de Agosto de 1976. d. que mediante sentencia de fecha 25 de Julio de 1986, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nro. 22 del Departamento Judicial de La Plata, se creó el vínculo de adopción plena entre la Señorita Catalina Griselda Marcotulli y el menor, Elvio Enrique Capdevila, en donde se ordenó la inscripción del mismo como Elvio Enrique Capdevila Marcotulli (arts. 14, 15, 16 inc. a y 11 CC)."
"Con los informes recibidos -PLANILLA DE JUICIOS UNIVERSALES
- INFORME DEL REGISTRO, de fecha 11-3-2026; IPS
- OFICIO DE Respuesta, de fecha 9-3-2026 y REGISTRO DE TESTAMENTOS
- OFICIO DE RESPUESTA, de fecha 25-3-2026, se acredita que no existen iniciados juicios similares respecto de la Sra. Catalina Griselda Marcotulli (Ley 7.205); que la misma no era beneficiaria de pensión social (Ley 10.205); y que no se registran testamentos y/o disposiciones de última voluntad en relación a su persona (art. 724 CPCC)."
"De conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación, y los arts. 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de CATALINA GRISELDA MARCOTULLI, DNI F8.785.867, le sucede en carácter de universal heredero su hijo, ELVIO ENRIQUE CAPDEVILA MARCOTULLI."
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