FERNANDEZ DANIEL RICARDO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declara la sucesión ab-intestato de Daniel Ricardo Fernández. El Tribunal hace lugar a la declaratoria de herederos en favor de sus hijas Rocío Graciela Fernández y Elisabet Graciela Fernández conforme a los artículos 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial.
Quién demanda: La sucesión de Daniel Ricardo Fernández, representada por quien promovió el trámite de declaratoria de herederos.
¿A quién se demanda?
No aplica
- proceso de sucesión ab-intestato.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaratoria de herederos del causante Daniel Ricardo Fernández fallecido el 1 de abril de 2025.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hace lugar a la solicitud de declaratoria de herederos, reconociendo como herederas a las hijas del causante: Rocío Graciela Fernández (nacida el 28 de noviembre de 1983) y Elisabet Graciela Fernández (nacida el 29 de septiembre de 1982). Fundamentos principales de la decisión: "Con el certificado de defunción del 11 de junio de 2025 se justifica el fallecimiento del causante de autos DANIEL RICARDO FERNANDEZ ocurrido el día 01 de abril de 2025 en Bahía Blanca." "Que con las actas adjuntas se acreditan los nacimientos de las hijas del causante ROCIO GRACIELA FERNANDEZ el 28 de noviembre de 1983 en Bahía Blanca y ELISABET GRACIELA FERNANDEZ 29 de septiembre de 1982 en Bahía Blanca." "Con el certificado expedido por el Sr. Director del Registro de Testamentos del 25 de mayo de 2025, se justifica que no consta inscripta minuta alguna de testamento por el nombre del causante y con la planilla de Registro de Juicios Universales del 18 de junio de 2025 se acredita que no consta a nombre del causante la iniciación de ningún juicio similar." El Tribunal aplicó los artículos 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial, que regulan la sucesión intestada, y el artículo 735 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. Se constató que no existía testamento inscripto, cumplimentándose con las formalidades de publicación de edictos (04 de mayo de 2026, certificado por Actuaria el 06 de mayo de 2026). El Agente Fiscal no formuló observaciones al trámite.
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