MOLLO MARIA FERNANDA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
María Fernanda Mollo solicitó el beneficio de litigar sin gastos en el proceso de daños y perjuicios en su contra. El Tribunal concedió el beneficio tras acreditar falta de capacidad económica mediante informe socio-ambiental y declaraciones juradas.
Quién demanda: María Fernanda Mollo, por propio derecho, solicita el beneficio de litigar sin gastos.
¿A quién se demanda?
Esta es una incidencia dentro del Expte. N° 6481/2024 "Pérez Narciso Nicolás y otro c/ Mollo María Fernanda s/ Daños y perjuicios", donde la actora en el incidente es demandada en la causa principal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Obtención del beneficio de litigar sin gastos conforme al art. 80 del Código Procesal Civil y Comercial (CPCC).
¿Qué se resolvió?
Se concedió el beneficio de litigar sin gastos a María Fernanda Mollo con el alcance que determina el art. 84 del CPCC. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal consideró que de conformidad con lo previsto por el art. 80 del CPCC, se ordenó y produjo la prueba ofrecida. Conforme lo dispuesto por el art. 81 del CPCC, se corrió traslado a los citados, sin presentarse manifestación alguna en contrario. "Que en autos se ha acompañado en fecha 10/12/2025 declaración jurada suscripta por los testigos Laura Maria Esther Williams, Candela Aién Tosco y Ludmila Fiamma Castro, y en fecha 13/2/2026 se ha producido el informe socio-ambiental; de donde surge que la actora no cuenta con la capacidad económica necesaria para afrontar los gastos de este proceso judicial, por lo que el suscripto estima pertinente conceder el beneficio en cuestión." El Tribunal otorgó el beneficio permitiendo a la actora litigar sin satisfacer el pago de costas o gastos judiciales, en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en el art. 84 del CPCC.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: