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SOSA JOSEFA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declaratoria de herederos en sucesión ab-intestato de Josefa Sosa. El Tribunal reconoce como herederos universales a los tres hijos de la causante, acreditando el fallecimiento y cumplimiento de los requisitos legales establecidos en el Código Civil y Comercial.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Andrea Beatriz Coletta, Horacio Marcelo Coletta y María Belén Coletta. A quién se demanda (Demandado): No aplica. Se trata de un procedimiento de sucesión ab-intestato. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato de Josefa Sosa, fallecida el 03 de junio de 2024. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal declaró en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de Josefa Sosa, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Andrea Beatriz Coletta, Horacio Marcelo Coletta y María Belén Coletta. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal acreditó mediante documentación obrante en autos los siguientes extremos: (1) el fallecimiento de la causante Josefa Sosa, acaecida el 03 de junio de 2024; (2) su matrimonio con Horacio Hector Coletta, celebrado el 03 de octubre de 1974; (3) el nacimiento de Andrea Beatriz Coletta el 11 de agosto de 1975, Horacio Marcelo Coletta el 14 de noviembre de 1976 y María Belén Coletta el 26 de mayo de 1989, todos hijos del matrimonio; (4) el fallecimiento del cónyuge supérstite Horacio Hector Coletta, ocurrida el 16 de abril de 2002; (5) la publicación de edictos conforme lo prescribe el artículo 2340 del CCCN, con cumplimiento del oficio requerido por ley 10.205, la planilla que requiere la ley 7205 y el oficio al Registro de Testamentos. La decisión se fundamenta en lo prescrito por los artículos 2424 y 2426 del CCCN y artículos 735 y 737 del CPCC, así como en el dictamen de la Sra. Agente Fiscal obrante a fojas 26. La declaratoria de herederos se otorga a los tres hijos como universales herederos de la causante, habiendo cumplido con todos los requisitos formales y sustanciales exigidos por la normativa vigente.

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