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BARBARAY OSCAR DANIEL C/ HEREDEROS ALLENDE CLEOTILDE S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA LARGA

El actor solicitó una aclaratoria respecto a la sentencia que admitió su prescripción adquisitiva larga sobre un inmueble. El Tribunal hizo lugar al incidente y corrigió el error material en la identificación catastral del inmueble, modificando la designación de Chacra por Quinta en la parte dispositiva.

Aclaratoria Prescripcion adquisitiva larga Error material Identificacion catastral Inmueble Quinta Correccion de sentencia Proceso civil Derecho de propiedad Mensura

Quién demanda: Barbaray Oscar Daniel

¿A quién se demanda?

Herederos Allende Cleotilde

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prescripción adquisitiva larga de un inmueble identificado catastralmente. El actor solicitó aclaratoria de la sentencia de mérito dictada el 02/03/2026 por discordancia entre la asignación de parcela consignada en el fallo y la que surgía del plano de mensura.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar al incidente de aclaratoria interpuesto, receptando favorablemente la petición de la parte actora del 02/07/2026. Se corrigió el error material involuntario en la parte dispositiva del fallo de primera instancia. Fundamentos principales de la decisión: "Es sabido que el pedido de aclaratoria se encuentra previsto para corregir errores materiales, aclarar algún concepto oscuro de la sentencia o suplir cualquier omisión en la que se hubiera incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en la causa (cfr. art. 166 inc. 2) y 267 del Código Procesal Civil y Comercial)." "Desde esa perspectiva, se constata que la recurrente procura subsanar el involuntario error material incurrido en la parte dispositiva del fallo, con el único fin de adecuar lo allí resuelto con el criterio sentado en el apartado pertinente de los Considerandos, sin que ello implique alterar la sustancia de la cuestión, ni el modo como se definió la controversia." La corrección realizada consistió en que donde decía "Circunscripción: I, Sección: B, Chacra: 74, Manzana: 74-a, Parcela: 32. Partida: 44.216" debe leerse "Circunscripción: I, Sección: B, Quinta: 74, Manzana: 74-a, Parcela: 32-a. Partida: 44.216", ajustando la identificación catastral conforme al plano de mensura presentado.

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