S, M. E. c/ INSTITUTO DE LA OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS s/AMPARO LEY 16.986
El Instituto de la Obra Social de las Fuerzas Armadas apeló la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo. La Cámara Federal de Mar del Plata declaró desierto el recurso y confirmó la decisión de primera instancia, manteniendo la imposición de costas y honorarios.
Actor: M. E. S. Demandado: Instituto de la Obra Social de las Fuerzas Armadas Objeto: Amparo Ley 16.986 Decisión: Se declaró desierto el recurso de apelación y se confirmaron las costas y honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las alegaciones que la recurrente realiza no cumplen con esa exigencia, por cuanto no expone los motivos que existirían para considerar que los fundamentos de la decisión atacada son erróneos, injustos o contrarios a derecho." "La imposición de las costas no debe apartarse de la regla general de su carga al vencido, vigente también para el proceso de amparo." "Los emolumentos fijados por el Juez de grado se ajustan a derecho, de acuerdo a lo establecido por los arts. 15, 16, 19, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423."
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