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CASO PUEBLO INDÍGENA U’WA Y SUS MIEMBROS VS. COLOMBIA. INTERPRETACIÓN DE LA SENTENCIA DE FONDO, REPARACIONES Y COSTAS

Los representantes del Pueblo Indígena U’wa solicitaron la interpretación de la Sentencia de Fondo, Reparaciones y Costas respecto a la mitigación de daños ambientales. La Corte Interamericana de Derechos Humanos admitió la solicitud y aclaró que la medida de restitución se limita a la voladura del 25 de marzo de 2014.

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- Se reclama la interpretación del alcance de la medida de reparación por daños ambientales derivados de las voladuras del Oleoducto Caño Limón-Coveñas.
- La Corte resolvió que la medida de restitución se refiere exclusivamente a la voladura ocurrida el 25 de marzo de 2014.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Estado deberá adoptar medidas para mitigar los daños ambientales causados por la voladura del Oleoducto Caño Limon-Coveñas de 25 de marzo de 2014." "Si bien el punto resolutivo décimo cuarto de la Sentencia se refiere a 'las voladuras', remite directamente al párrafo 401 que es claro al acotar el alcance solo a aquella ocurrida el 25 de marzo de 2014."

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