LEDESMA HUGO ORLANDO C/ EXPERTA ASEGURADORA DE EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Trabajador demanda a aseguradora de riesgos del trabajo por accidente laboral y las partes arriban a acuerdo conciliatorio por $6.500.000. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio por mayoría, considerando que cumple con los requisitos legales y no implica renuncias a derechos reconocidos, pese al voto en disidencia que requería mayor acreditación de extremos.
Quién demanda: Hugo Orlando Ledesma, trabajador accidentado.
¿A quién se demanda?
Experta Aseguradora de Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por accidente de trabajo en el marco de una acción especial.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes por la suma de $6.500.000, resolviendo el conflicto en su totalidad incluyendo todos los rubros reclamados y las costas ocasionadas. Fundamentos principales de la decisión: La Jueza Sosa, quien presidió la votación mayoritaria, fundamentó la homologación señalando: "Atento que el acuerdo conciliatorio de fecha 19/6/2026, por la suma de $ 6.500.000, fue celebrado libremente por las partes y cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta disposiciones vigentes de orden público, soy de opinión favorable a homologar en todas sus partes la conciliación a que se arriba, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y las costas ocasionadas." El Juez Sánchez Sierra adhirió expresamente al voto de la Jueza Sosa, configurando la mayoría. El Juez Arechabala emitió voto disidente, considerando que "la escueta descripción del hecho lesivo no releva circunstancias suficientes para entender acabadamente su acaecimiento, las secuelas inmediatas, las prácticas médicas que requirió el proceso de restablecimiento de la salud lesionada y las eventuales secuelas definitivas incapacitantes con precisión." Asimismo, señaló la insuficiencia de prueba respecto del hecho del trabajo y la falta de "recibos ni informe alguno respecto de los salarios percibidos durante el año anterior al hecho lesivo", concluyendo que "con las meras y escuetas manifestaciones formuladas respecto de los supuestos extremos que configuran la controversia de derechos e intereses entre las partes, sin poner a disposición de este tribunal elemento instrumental o material alguno que otorgue un mínimo nivel de fehaciencia a sus dichos, así como en cuanto a la mecánica y las consecuencias del hecho lesivo, no resulta posible evaluar la dimensión del conflicto que permita valorar si el acuerdo presentado afecta o no el orden público laboral." Por ello votó por el rechazo de la homologación. El Tribunal impuso las costas a cargo de la demandada y reguló honorarios de los letrados intervinientes.
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