BORRUTO ANDRES ANTONIO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SAU S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Sentencia homologatoria de acuerdo conciliatorio en demanda por accidente de trabajo. El Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes homologó el acuerdo celebrado por las partes, considerando que no vulnera principios de orden público y constituye justa composición de derechos e intereses.
Quién demanda: Andrés Antonio Borruto
¿A quién se demanda?
Federación Patronal Seguros S.A.U.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones derivadas de un accidente de trabajo, que las partes resolvieron mediante acuerdo conciliatorio.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes con efectos de cosa juzgada. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. María Marta Garay expresó en su voto: "la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal. En consecuencia la homologación solicitada resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057)." Las Dras. Silvia Cristina Bozzola y Silvia Ester Bártola votaron por análogas consideraciones en el mismo sentido, logrando unanimidad en el Tribunal. Se estableció que la obligada al pago deberá depositar el capital acordado en cuenta bancaria perteneciente a Andrés Antonio Borruto conforme lo dispuesto por el art. 17 de la ley 27.348. Se suspendió el plazo para el pago hasta tanto se acredite la cuenta bancaria con sus datos completos (entidad, sucursal, tipo y número de cuenta, CBU, DNI y CUIT-CUIL). Se declararon las costas a cargo de la parte demandada, eximiendo a la demandada del pago del 50% de la tasa de justicia e intimándola para que acredite el 50% restante dentro del quinto día ($49.500).
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