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ARSENIAN SILVINA GUADALUPE C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

Se decretó la caducidad de instancia en proceso laboral por inactividad de la actora tras intimación incumplida. El Tribunal del Trabajo Nº 3 de Quilmes aplicó el instituto previsto en la ley 15.057 por transcurso de plazos y silencio prolongado.

Caducidad de instancia Inactividad procesal Intimacion incumplida Ley 15.057 Tribunal del trabajo Honorarios extrajudiciales Perencion Derecho laboral

Quién demanda: Arsenian Silvina Guadalupe

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Fijación de honorarios extrajudiciales

¿Qué se resolvió?

El Tribunal decretó la caducidad de instancia en las presentes actuaciones, impuso las costas a la parte actora con el beneficio de ley y reguló los honorarios de los letrados intervinientes. Fundamentos principales de la decisión: "Que en fecha 5/3/2026 se intimó a la parte actora a activar el procedimiento, bajo apercibimiento de decretarse la perención, en los términos del art. 11 de la ley 15.057. Que dicha resolución se encuentra debidamente notificada de conformidad con la notificación electrónica de fecha 5/3/2026 incumpliendo la parte actora, con la intimación cursada." "Que del análisis del caso surge que los plazos establecidos por el art. 11 de la ley 15.057, han transcurrido holgadamente en esta causa, con posterioridad a la última actuación útil de fecha 13/6/2025." "Que el transcurso del tiempo y el silencio guardado por la parte actora frente a la intimación a activar el procedimiento, hacen aplicable al caso, el instituto de la caducidad de instancia establecido especialmente por el art. 11 de la ley 15.057; art. 315 mod. ley 13.986."

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