BOBADILLA MIGUEL ANGEL C/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Demanda por revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional en materia de accidente de trabajo. El Tribunal del Trabajo homologó el acuerdo arribado entre las partes, considerando que se logró una justa composición de derechos e intereses sin violación del orden público.
Quién demanda: BOBADILLA MIGUEL ANGEL
¿A quién se demanda?
LA SEGUNDA A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de resolución dictada por comisión médica jurisdiccional conforme a lo establecido en la Ley 15057.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal del Trabajo de Zárate homologó el acuerdo del 17 de junio de 2026, celebrado entre las partes en el marco de la acción de revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Daneri expresó: "Tomando en consideración los planteos formulados, el modo en que ha quedado trabada la litis, elementos obrantes en autos y particularidades del caso, surge que, con el acuerdo arribado, se ha logrado una justa composición de los derechos e intereses de las partes y no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público por todo lo cual DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO (arts. 12, 13, 15, 277 L.C.T.; art. 30 ley 15057)." La homologación se fundamentó en la aplicación de los artículos 12, 13, 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y el artículo 30 de la Ley 15057, que regulan la validez y efectos de los acuerdos en materia de derechos laborales y accidentes de trabajo. Se regularon los honorarios de la representación letrada de la actora en 20,10 jus, de la demandada en 10,05 jus, y los de los peritos contadora y médico en 3,01 jus para cada uno, más adicionales de ley. Las costas fueron a cargo de la demandada. Las Dras. Saldaña y Viviant adhirieron al voto del Dr. Daneri por compartir fundamentos y conclusiones.
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