PEREZ PADILLA ARIEL ALEJANDRO C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (AUTOSEGURO DE LA GOBERNACI S/ MATERIA A CATEGORIZAR
Letrado demanda regulación de honorarios por actuación ante Comisión Médica en expediente de reclamo laboral. El Tribunal condenó al Fisco a pagar 1 IUS de honorarios, desestimando la aplicación de normas administrativas internas e imponiendo la Ley Arancelaria 14.967.
Quién demanda: Letrado Perez Padilla Ariel Alejandro, actuando por derecho propio.
¿A quién se demanda?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires (Autoseguro de la Gobernación).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación y pago de honorarios profesionales por su labor como patrocinante del trabajador Alvarez Ignacio David en el expediente n° 344600/21 de la Comisión Médica n° 11 de La Plata, donde se homologó un acuerdo que reconoció una incapacidad del 3,53% e indemnización de $398.553,29.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda condenando al Fisco al pago de 1 IUS en concepto de honorarios profesionales, con más aportes previsionales e IVA si correspondiere, conforme los arts. 1, 2, 16, 21, 22, 24 y 55 de la Ley 14.967. Además, se regularon los honorarios del abogado Padilla Ariel Alejandro en la suma de 0,16 IUS, con los aportes legales e IVA si correspondiere. Se imputaron las costas a la demandada. Fundamentos principales de la decisión: "Que se encuentra acreditada la actuación profesional del letrado Perez Padilla Ariel Alejandro, en las actuaciones administrativas referidas. Que la demandada no acreditó pago alguno de honorarios." "Que el art. 1 de la ley 27.348 establece que los honorarios profesional por actuaciones ante las Comisiones Médicas estarán a cargo de la ART o empleador autoasegurado. Que corresponde aplicar la ley arancelaria 14.967, resultando inaplicables normas administrativas de menor rango." "Que ponderando el monto del asunto, la labor profesional y las pautas de los arts. 9, 16, 21, 44 y 55 de la citada ley, corresponde fijar los honorarios en 1 IUS."
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