FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ZARATE OMAR GONZALO S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires demandó al contribuyente ZÁRATE OMAR GONZALO por apremio provincial por deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución por la suma de $109.134,90 más intereses, al no oponer el demandado excepciones legítimas dentro del plazo legal.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
ZÁRATE OMAR GONZALO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de capital reclamado de PESOS CIENTO NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON 90/100 CENTAVOS ($109.134,90) correspondiente a deuda tributaria provincial, conforme procedimiento de apremio.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado haga íntegro pago al accionante del capital reclamado. Fundamentos principales: "Habiendo sido el demandado ZARATE OMAR GONZALO intimado de pago en el domicilio de 76 Nº 1756 de La Plata (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." El Tribunal fundamentó su decisión en que el demandado fue debidamente intimado de pago en su domicilio y no ejerció sus derechos procesales al no oponer excepciones legítimas dentro del plazo legal establecido, lo que importó la pérdida de los derechos derivados de tal inacción. La ejecución se llevará adelante conforme lo prescripto por la ley 13.406 y los artículos 540, 549 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial. "A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 22-11-22 y hasta su efectivo pago." Se impusieron costas al vencido, difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente conforme ley 13.406 y ley 14.967 y modificatorias.
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