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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RUIZ OMAR ANTONIO S/ APREMIO PROVINCIAL (DRA. CATTANEO)

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Omar Antonio Ruiz por falta de pago de obligación fiscal. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución por la suma de $286.374,50 más intereses anuales, al no oponerse excepciones legítimas en tiempo y forma.

Apremio provincial Obligacion fiscal Ejecucion Falta de oposicion de excepciones Capital reclamado Interes anual Fisco provincial Deudor Procedimiento coercitivo

Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Omar Antonio Ruiz

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de obligación fiscal de capital reclamado de Pesos DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 50/100 ($286.374,50) más intereses anuales.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor haga integro pago a su acreedor. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal para hacerlo, el que se encuentra vencido según informa la actuaria en éste acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC según art. 25 de la Ley 13.406)." "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y art. 10 ult. Pfo. y 25 de la Ley 13.406 FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor OMAR ANTONIO RUIZ haga integro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 50/100 ($286.374,50) con mas un interes anual calculado a partir de la fecha de interposición de la demanda." El interés anual no podrá exceder la tasa vigente que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en acuerdos para sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un ciento cincuenta por ciento (150%), establecido por el Poder Ejecutivo a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (conf. art. 104 de la Ley 10.397 texto actualizado según Ley 14.394).

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