ROSCONI GALEANO, DIEGO OMAR c/ TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA S.A.C.I. LINEA 133 Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y admitió la demanda.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y admitió la demanda, condenando a los demandados a pagar al actor la suma de $400.000 en concepto de incapacidad física, daño moral, gastos de farmacia, traslado y privación de uso.
Fundamentos principales:
- Se encuentra acreditado que el actor fue embestido por un colectivo de la línea 133 explotado por Transporte Automotor Plaza, a pesar de la escueta declaración del único testigo.
- Los datos aportados por el actor en la denuncia a su aseguradora y la documentación de la citada en garantía permiten reconstruir los hechos.
- Corresponde admitir los rubros de gastos de farmacia, traslado y daño moral, pero se rechaza la incapacidad física por falta de prueba de su relación causal con el accidente.
- La privación de uso se fija en 3-5 días hábiles.
- No se acreditó la desvalorización del vehículo.
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