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BANCO DE LA PROVINCIA DE BS AS C/ SELAM EVA SOLEDAD S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda por cobro de suma de dinero por incumplimiento en el pago de saldos deudores de tarjetas de crédito VISA y MASTERCARD. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la deudora al pago de $ 367.351,71 más intereses desde la fecha de mora hasta el efectivo pago.

Cobro de suma de dinero Tarjeta de credito Incumplimiento de obligacion Saldo deudor Incontestacion de demanda Intereses moratorios Contrato de tarjeta de credito Mora de pleno derecho Banco de la provincia de buenos aires Costas procesales.

Quién demanda: Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por la Dra. Tatiana Conde.

¿A quién se demanda?

Eva Soledad Selam.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de suma de dinero por $ 367.351,71 correspondiente a saldos deudores de tarjetas de crédito VISA (cuenta nro. 955981430) y MASTERCARD (cuenta nro. 911407-6), más intereses moratorios y punitorios, gastos, costos y costas. El capital se discrimina de la siguiente manera: VISA cuenta nro. 955981430, deuda de $ 159.506,82 con fecha de mora 01/06/2021; MASTERCARD cuenta nro. 911407-6, deuda de $ 207.844,89 discriminada en $ 198.532,56 con fecha de mora 6/9/21 y $ 9.312,33 con fecha de mora 09/10/20.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a Eva Soledad Selam al pago de la suma de $ 367.351,71 más los intereses que se calcularán conforme a lo resuelto en la sentencia. Se impusieron las costas a la demandada en su condición de vencida. Fundamentos principales de la decisión: "Al haber sido consentido el referido llamamiento de autos, quedó convalidada cualquier posible deficiencia procesal anterior a dicha etapa, y por ende, cerrado el debate para las partes." "Por aplicación del principio procesal antes referido, habré de tener por acreditado que, como consecuencia de la utilización de las tarjetas de crédito, la demandada adeuda la suma de $ 367.351,71.
- originando el saldo deudor las mencionadas Tarjetas de Crédito conforme el siguiente detalle: VISA cuenta nro. 955981430, cuya deuda asciende a la suma de $ 159.506,82.-, con fecha de mora 01/06/2021, y MASTERCAD cuenta nro. 911407-6, cuya deuda asciende a la suma total de $ 207.844,89.-, discriminado de la siguiente manera: la suma de $ 198.532,56.
- con fecha de mora el 6/9/21 y la suma de $ 9.312,33.
- con fecha de mora el 09/10/20, tal lo alegado liminarmente (art. 354 del CPCC), cuyas liquidaciones correspondientes a los cierres de las mismas, según surge de los certificados contables acompañados, no han sido cuestionadas en forma fundada y valida con anterioridad a la mora." "En tal inteligencia, acorde a lo convenido por los contratantes, y lo dispuesto en el art. 957 y afines del Código Civil y Comercial de la Nacion, la acción promovida por la actora habrá de prosperar por la suma reclamada de pesos trescientos sesenta y siete mil trescientos cincuenta y uno con setenta y un centavos ($ 367.351,71.-)." El Tribunal también consideró que la incontestación de la demanda por la demandada permitió aplicar los efectos del artículo 354 del Código Procesal Civil y Comercial, asignándole virtualidad a la versión alegada por la accionante y teniendo por acreditada la deuda reclamada. Respecto a los intereses, se determinó que la suma adeudada deberá ser satisfecha con los intereses que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a treinta días, conforme al artículo 796 del Código de Comercio.

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