CORONA LUCA Y OTROS C/ ESPERON IVAN ALEJANDRO Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Se decretó la caducidad de instancia en beneficio de litigar sin gastos por inactividad procesal. El Tribunal rechazó la continuidad del proceso tras más de tres años sin impulso procesal de la parte actora.
Quién demanda: Corona Luca y otros
¿A quién se demanda?
Esperon Ivan Alejandro y otro/a
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se tramitaba un proceso bajo beneficio de litigar sin gastos. El expediente fue intimado el 5 de junio de 2026 conforme al artículo 315 del CPCC, en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso fue el día 17 de agosto de 2022.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal decretó la caducidad de instancia en las presentes actuaciones, considerando que la parte actora no instó el proceso dentro del plazo establecido por el artículo 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en los términos del artículo 10 de la Acuerdo 4013 de la SCBA. Fundamentos principales: El Tribunal expresó: "Sentado ello, y tomando en consideración que la parte actora no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en los términos del art. 10 de la Ac. 4013 de la SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia." La inactividad procesal superó el plazo legal establecido en el artículo 310 del CPCC, desde la última actividad útil del 17 de agosto de 2022 hasta la intimación del 5 de junio de 2026, configurando causal de caducidad de instancia. Asimismo, se desestimó la regulación de honorarios al letrado actuante por resultar inoficiosa la labor desarrollada, conforme al artículo 30 de la ley 14.967.
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