CABRERA NORMA ISABEL Y OTRO/A C/ CALVO DE CIRIACO CONCEPCION Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION
El juez se excusa de entender en las actuaciones por razones de decoro y delicadeza debido a la intervención del Dr. Pablo Nocetti en procesos anteriores. La decisión atiende a garantizar la imparcialidad judicial y la confianza pública en la administración de justicia conforme a principios constitucionales.
Quién demanda: Cabrera Norma Isabel y otro/a
¿A quién se demanda?
Calvo de Ciriaco Concepción y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prescripción adquisitiva vicenal/usucapión (conforme caratulación)
¿Qué se resolvió?
El tribunal se excusa de entender en las actuaciones y en aquellos juicios en que intervenga el Dr. Pablo Nocetti como parte y/o profesional. Fundamentos principales de la decisión: "Que dicha circunstancia, aún cuando no importa prejuzgamiento alguno respecto de la investigación iniciada, puede razonablemente generar dudas objetivas sobre la imparcialidad con la que debo debe llevar adelante el proceso, configurando un supuesto de violencia moral y motivos graves de decoro y delicadeza, subsumible en lo dispuesto por los arts. 30 y 17 inc. 6 del CPCC." "Que la garantía de imparcialidad judicial constituye un principio esencial del debido proceso (art. 18 CN; arts. 8 CADH y 14 PIDCP), y exige no solo la ausencia de interés subjetivo del juez en la causa, sino también la apariencia de independencia frente a las partes." "Por ello, y a fin de resguardar la confianza pública en la administración de justicia, de conformidad con las normas citadas" se resuelve la excusación del magistrado, quien previamente había formulado un pedido de investigación al Ministerio Público Fiscal respecto del Dr. Pablo Nocetti por faltas éticas, conducta maliciosa y temeraria, e incumplimiento de prohibiciones conforme a la Ley 5177, considerando que podría encontrarse incurso en delitos tipificados por el Código Penal (asociación ilícita, estafas procesales y otras defraudaciones).
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