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M., E. S. c/ OSDE Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La Sra. E.S.M. promovió acción de amparo contra OSDE y OSEN para mantener su afiliación a la obra social tras jubilarse. El Juzgado Civil y Comercial Federal 7 hizo lugar a la acción, ordenando a las demandadas mantener la afiliación de la actora en el plan solicitado.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Osde Osen Derechos adquiridos I.n.s.s.j.p. Constitucion nacional Seguridad social


¿Quién es el actor?

Sra. E.S.M.
- Demandados: OSDE y OSEN
- Objeto de la demanda: Mantenimiento de la afiliación a la obra social tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho cuya protección se persigue en autos, en tanto compromete la salud e integridad física de la amparista, aparece reconocido por la Constitución Nacional y los pertinentes tratados internacionales." "La creación del I.N.S.S.J.P. no importó un pase automático de los pasivos a ese organismo. El derecho a permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces subsiste." "La actitud adoptada por las accionadas encuadra en la calificación de 'ilegalidad o arbitrariedad manifiesta' que requiere el art. 43 de la Constitución Nacional."

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