LEGUIZA, CRISTIAN EZEQUIEL c/ CARDENAS S. A. EMPRESA DE TRANSPORTE s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, tratamiento psicológico y daño moral.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente (física y psíquica) a $3.500.000, tratamiento psicológico a $190.000 y daño moral a $1.750.000. Confirmó la inoponibilidad de la franquicia al damnificado y dispuso que los intereses correspondientes al tratamiento psicológico se devenguen desde la sentencia de grado.
Fundamentos relevantes:
- Se tuvo por acreditada la ocurrencia del hecho y la calidad de pasajero del actor con base en el testimonio ofrecido y los demás elementos de prueba.
- La empresa transportista tiene una obligación de seguridad de carácter contractual, que no se circunscribe al transporte en sí sino que comprende las etapas de ascenso y descenso de los pasajeros.
- Para exonerarse, la empresa debe probar alguna causal de eximición como caso fortuito, fuerza mayor, hecho de la víctima o de un tercero.
- Para cuantificar la incapacidad sobreviniente se ponderaron las conclusiones periciales, las características personales del actor y se aplicaron fórmulas matemáticas a modo de orientación.
- El daño moral se fija prudencialmente atendiendo a las circunstancias del caso, sin depender de la extensión de los perjuicios patrimoniales.
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