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CHASAMPI MARIELA ALEJANDRA C/ SEGOVIA RAUL ARIEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Chasampi promovió demanda por daños y perjuicios derivados de lesiones en accidente automovilístico. El Tribunal homologó el acuerdo celebrado entre las partes por suma de $5.000.000 y reguló los honorarios profesionales correspondientes.

Danos y perjuicios Accidente automovilistico Lesiones Homologacion de acuerdo Honorarios profesionales Tasa de justicia Mediacion prejudicial Costas Primera instancia Acuerdo transaccional

Quién demanda: Chasampi Mariela Alejandra

¿A quién se demanda?

Segovia Raúl Ariel

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de lesiones o muerte en accidente automovilístico

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo celebrado entre las partes y reguló los honorarios profesionales, costas y tasa de justicia. Fundamentos principales: "Teniendo en cuenta las constancias de autos, homológase el acuerdo al que han arribado las partes y del que da cuenta la presentación a despacho a la que me remito a todos sus términos (art. 308 del C.P.C.C.), debiéndose imponer las costas conforme lo expuesto en las cláusulas cuarta y quinta (art. 73 in fine del C.P.C.C.)." El acuerdo fue celebrado por suma de $5.000.000, regulándose los honorarios de la apoderada de la citada en garantía (Dra. Graciela Inés Arias) en DIEZ (10) JUS, más los aportes de ley y lo previsto en la ley 23349. Asimismo, se regularon los honorarios del mediador prejudicial Dr. Gonzalo Triviño en 13,04 JUS. Se procedió a la liquidación de tasa de justicia por suma de $110.000, intimándose a los obligados al pago para que abonen dentro de cinco días bajo apercibimiento de ejecución.

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