FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LIZZI GUIDO HERNAN S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió un proceso de apremio provincial contra Lizzi Guido Hernán. El Tribunal dio por concluido el proceso, reguló honorarios profesionales y levantó la medida cautelar ordenada en autos.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Lizzi Guido Hernán
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de obligación mediante apremio provincial
¿Qué se resolvió?
El Tribunal, atendiendo al estado de autos y conforme a una cláusula segunda de acuerdo de pago presentado por el ejecutante, procedió a: 1. Dar por concluido el proceso 2. Regular los honorarios profesionales de la Dra. Arrue Francisco Martín, apoderada fiscal, en la suma de Pesos Trece Mil Setecientos Cincuenta y Seis ($13.756) con más aportes legales (conforme art. 22 Ley 13.406) 3. Dar por percibidos los honorarios profesionales de la Letrada Apoderada del Fisco y cumplidos los aportes legales (conforme arts. 21 y 22 Ley 6.716) 4. Considerar abonadas la tasa y sobretasa de justicia en base al monto liquidado 5. Levantar la medida cautelar ordenada en autos Fundamentos principales: El Tribunal constató que, conforme surge del texto de la cláusula segunda del acuerdo de pago presentado por el ejecutante, se encontraban cumplidas las obligaciones tanto de pago de honorarios profesionales como de aportes legales y tasas de justicia. La sentencia señala: "tiénense por percibidos los honorarios profesionales de la Letrada Apoderada del Fisco, por cumplidos los aportes legales (cfr. arts. 21 y 22 Ley 6.716)" y "Por abonadas la tasa y sobretasa de justicia, respectivamente, en base al monto liquidado conforme constancia de 'página web' acompañada". Atendiendo al estado de las presentes, el Tribunal procedió al levantamiento de la medida cautelar mediante oficio por Secretaría.
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