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MOMBELLI MARIA ROSA Y OTROS S/ SUCESION AB-INTESTATO

Sucesión ab-intestato de María Rosa Mombelli, Luis Gerardo Russo y Ricardo Oscar Russo. El Tribunal declaró a los herederos universales de los causantes conforme a las disposiciones del Código Civil y Comercial.

Sucesion ab-intestato Herederos universales Matrimonio Filiacion Bienes propios Gananciales Publicacion edictal Declaracion de herederos Codigo civil y comercial

Quién demanda: D. H. (solicitante de declaración de herederos)

¿A quién se demanda?

No aplica
- Proceso de sucesión ab-intestato

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de herederos universales de las sucesiones de María Rosa Mombelli (fallecida 28/10/1995), Luis Gerardo Russo (fallecido 27/06/2008) y Ricardo Oscar Russo (fallecido 06/04/2018).

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró en cuanto a lugar por derecho:
- Por fallecimiento de María Rosa Mombelli: herederos universales EDUARDO LUIS RUSSO y RICARDO OSCAR RUSSO; y como cónyuge LUIS GERARDO RUSSO (heredero de bienes propios y con derechos sobre gananciales).
- Por fallecimiento de Luis Gerardo Russo: herederos universales EDUARDO LUIS RUSSO y RICARDO OSCAR RUSSO.
- Por fallecimiento de Ricardo Oscar Russo: heredero universal FERNANDA BELEN RUSSO; y como cónyuge CLAUDIA ADRIANA BARRAZA (heredera de bienes propios y con derechos sobre gananciales). Fundamentos principales de la decisión: "Que con los certificados de defunción acompañados con el escrito liminar se acreditan los fallecimientos de MARIA ROSA MOMBELLI ocurrido el 28 de octubre de 1995, LUIS GERARDO RUSSO ocurrido el 27 de junio de 2008 y RICARDO OSCAR RUSSO fallecido el 6 de abril de 2018." "Que los causantes MARIA ROSA MOMBELLI y LUIS GERARDO RUSSO habían contraído matrimonio entre si el día 14/08/1952, conforme surge del certificado de matrimonio acompañado con el escrito de demanda. Que de dicha unión nacieron sus hijos: EDUARDO LUIS RUSSO y RICARDO OSCAR RUSSO -aqui causante-, según certificados de nacimiento incorporados en autos." "Que con los diarios y recibos agregados con el escrito a despacho consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el artículo 734, inciso 2 del C. P. C. C. y sobre cuyo resultado negativo informa la señora Secretaria en este acto. De conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los artículos 2424, 2426 y 2433 del CCCN y arts. 735 y 737 del C.P.C.C."

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