Multicambio SA s/ Sumario Financiero Nº 1639 - Realización de operatoria prohibida para agencia de cambio
El BCRA sumarió a la agencia de cambio Multicambio SA y a tres personas físicas (dos directores y una accionista) por realizar operaciones de venta de divisas a valores oficiales sin verificar su genuinidad, destinadas presuntamente al mercado paralelo, violando normas de Exterior y Cambios. La SEFyC resolvió sancionar a Multicambio con multa de $662.500.000 e inhabilitó a los tres imputados por períodos de 1 a 3 años.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Sumariados:
- Multicambio SA (agencia de cambio, actualmente ex entidad)
- Lucas Bautista Cora (Presidente y Director titular)
- Rosana María Laplace (Vicepresidente y titular del 50% de las acciones)
- Loreley Cielo Dixon (titular del restante 50% de las acciones)
Conducta imputada:
Realización de una operatoria prohibida para agencia de cambio consistente en: adquisición de USD 2.000.000 (equivalentes a $408.276.000) a valores oficiales de la casa de cambio Stema Cambios SA, mediante 5 operaciones entre el 31/01/23 y 23/02/23, y posterior venta íntegra al operador Soy Vos SAS sin acreditar la genuinidad de las operaciones ni verificar el origen y destino lícito de los fondos. El análisis técnico concluyó que la operatoria implicaba un abuso o exceso de la autorización otorgada para actuar como operador de cambio, implementando presuntamente un mecanismo para adquirir divisas a valores oficiales dirigidas al mercado paralelo.
Normas infringidas:
- Ley 18.924, artículos 1 y 5 (régimen cambiario general)
- Texto Ordenado sobre Operadores de Cambio, Comunicación A 7554, Circular RUNOR 1-1742, Anexo, Sección 1, puntos 1.2.1 y 1.3
- Texto Ordenado sobre Exterior y Cambios, punto 1.2 (obligación de verificar carácter genuino de operaciones)
- Comunicación C 87688, punto 1 (controles permanentes sobre identificación de clientes y genuinidad)
- Régimen Disciplinario, punto 11.2.1 (realización de operaciones no permitidas que exceden la autorización)
Período infraccional: 31/01/23 al 23/02/23
Decisión por sumariado:
1. Multicambio SA: SANCIONADA con multa de $662.500.000 (equivalentes a 125 unidades sancionatorias)
2. Rosana María Laplace: SANCIONADA con multa de $265.000.000 (equivalentes a 50 unidades sancionatorias) e inhabilitación por 3 años para desempeñarse como socia/accionista, promotora, fundadora, directora, administradora, miembro de consejos de vigilancia, síndica, liquidadora, gerente y auditora de entidades comprendidas en las Leyes de Entidades Financieras y 18.924
3. Lucas Bautista Cora: SANCIONADO con multa de $198.750.000 (equivalentes a 37,50 unidades sancionatorias) e inhabilitación por 2 años para desempeñarse en los cargos mencionados
4. Loreley Cielo Dixon: SANCIONADA con multa de $66.250.000 (equivalentes a 12,50 unidades sancionatorias) e inhabilitación por 1 año para desempeñarse en los cargos mencionados
Fundamentos principales:
"La operatoria en cuestión involucró compras por un total de USD2.000.000 y ventas por USD2.000.000 […] a partir del análisis del apartado A del Régimen Informativo de Operaciones de Cambio -en adelante RI OPCAM-, el área técnica advirtió que 'la entidad adquirió mediante 5 operaciones, entre los días 31.01.23 y 03.02.23 y el 23.02.23, USD 2.000.000 -en dólares billete [es decir en efectivo]
- a la casa de cambio STEMA CAMBIOS SOCIEDAD ANONIMA, que luego vendió al ex operador SOY VOS S.A.S.'"
"Multicambio S.A. no constató fehacientemente el carácter genuino de las operaciones cursadas con dichos operadores de cambio y su correcto encuadramiento, de acuerdo con lo previsto por el punto 1.2. del TO sobre Exterior y Cambios, que dispone: 'Las entidades podrán dar acceso al mercado de cambios a las personas humanas o jurídicas […] cuando verifiquen el cumplimiento de las disposiciones generales y, en caso de corresponder, aquellas específicas […] En todos los casos, la entidad deberá contar con los elementos que le permitan constatar el carácter genuino de la operación a cursar y su correcto encuadramiento en el concepto declarado'."
"Los legajos aportados sólo contenían documentación que acreditaba la constitución y personeríade su contraparte y su situación financiera, no incluyendo análisis de ningún tipo sobre la razonabilidad de la operatoria y de las características del fondeo. Multicambio S.A. no recabó de su contraparte elementos que le permitieran constatar que las operaciones guardaran relación con los usos y costumbres, la realidad económica y la lógica del mercado, atento las restricciones cambiarias vigentes."
"Del análisis del cuadro que antecede, la preventora concluyó que: '...en todos los casos, los tipos de cambio utilizados por la entidad resultan superiores a las cotizaciones de mercado. Más aún, la elevada cotización vendedora, unida a la magnitud de los fondos comprados por un cliente nuevo, que según surge del ranking de operaciones con clientes publicado por este Banco Central de acceso público no había cursado operaciones con clientes que justificara un nivel operativo similar, la realización de operaciones encadenadas con intermediación innecesaria, todo ello en un contexto de control de cambios, implican una alerta que no pudo ser ignorada por la entidad'."
"El hecho de que los dólares fueron adquiridos y vendidos 'en efectivo', impide la trazabilidad de esos fondos, de allí que la ex agencia de cambio debió requerir información adicional que le permita constatar el destino lícito de esa moneda, en forma previa al acceso al mercado de cambios."
"En ese sentido, el concepto de genuinidad que la normativa exige requiere el análisis de la razonabilidad de la operatoria del cliente y dicho análisis no debe circunscribirse al soporte documental, sino que también deben tenerse en cuenta las características del fondeo del cliente y de su operatoria, para poder dar acceso al mercado de cambios."
"De lo expuesto, surge evidente que la entidad sumariada no tomó los debidos recaudos para verificar el origen y genuinidad de los fondos utilizados para la compra de los valores, no encontrándose justificación alguna de la magnitud de los montos operados."
Respecto de las personas físicas: "la transgresión normativa reprochada no se condice con el comportamiento diligente que la legislación societaria reclama por parte de quienes tienen a su cargo la administración de la persona jurídica poniendo en evidencia, un incorrecto cumplimiento de los deberes propios de los miembros de su órgano de administración. […] Lucas Bautista Cora y Rosana María Laplace, al asumir y aceptar las funciones que lo habilitaban legal y razonablementea verificar la actuación de la sociedad y a oponerse a comportamientos irregulares, ven comprometida su responsabilidad, toda vez que se verificó una infracción cuya comisión fue posible por su realización deliberada o negligencia en el desempeño de su cargo."
Respecto de Loreley Cielo Dixon: "el monto de la operación observada (USD2.000.000, equivalente a $408.276.000), comprendía prácticamente la totalidad de las operaciones de venta celebradas por la ex agencia de cambio por lo que no cabe suponer que haya podido pasar inadvertida por los accionistas de la firma."
"la infracción se habría verificado desde el 31/01/23 hasta el 23/02/23 […] del análisis de la documental referida que les sirve de sustento, en el acto acusatorio se concluyó que Multicambio SA -ex agencia de cambio-, habría realizado una operatoria prohibida para el tipo de entidad, vulnerando con su accionar la normativa de aplicación en la materia."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: