HILLKIRK LINA MYRNA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declaró heredera a la sucesión de Lina Myrna Hillkirk a sus tres hijos como universales herederos. El Tribunal hizo lugar a la sucesión intestada conforme a los requisitos legales del Código Civil y Comercial.
Quién demanda: Procedimiento de sucesión intestada de Lina Myrna Hillkirk (iniciado conforme arts. 734 y siguientes del CPCC).
¿A quién se demanda?
No corresponde
- es procedimiento sucesorio.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de herederos de la causante Lina Myrna Hillkirk, fallecida el 19 de febrero de 2025.
¿Qué se resolvió?
Se declaró que por fallecimiento de Lina Myrna Hillkirk le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Oscar Guillermo Fagnani y Hillkirk, Jorgelina Paula Fagnani y Hillkirk, y Paulo Alberto Fagnani y Hillkirk. Se cesó la intervención del Ministerio Fiscal.
Fundamentos principales:
"Que con el certificado adjunto a la demanda, se acredita el fallecimiento de Lina Myrna Hillkik, ocurrido el día 19 de Febrero de 2025."
"Que la causante contrajo matrimonio con Oscar Alberto Fagnani
- fallecido el día 13/03/2017
- en fecha 20 de Julio de 1960 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 6/8/2024). Que de esa unión nacieron Oscar Guillermo Fagnani, el día 24/04/1962; Jorgelina Paula, el día 21/07/1964; Paulo Alberto, el día 21/03/1967."
"Que con la constancia de fecha 15/05/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria."
El Tribunal aplicó los arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC para declarar a los tres hijos como herederos universales, una vez acreditados el fallecimiento, el vínculo filial y cumplidos los requisitos de publicación de edictos sin objeciones.
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