BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A C/ RAMIREZ OMAR EZEQUIEL S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
Banco Santander Argentina promovió acción de secuestro por deuda originada en relación de consumo. El Tribunal se declaró incompetente por aplicación de la Ley 24.240 y remitió el expediente al Juzgado de Paz Letrado competente.
Quién demanda: Banco Santander Argentina S.A
¿A quién se demanda?
Ramirez Omar Ezequiel
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de secuestro conforme artículo 39 de la Ley 12.962, derivado de un título de crédito originado en una relación de consumo.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal se declaró incompetente para entender en los actuados y remitió las actuaciones al Juzgado de Paz Letrado de Escobar, que resulta competente para conocer en la materia. Fundamentos principales de la decisión: "Que el peticionante inicia la presente acción de secuestro con base a un título de crédito originado en una relación de consumo tutelada por la Ley 24.240 (conf. causas 49910, 'I.C.B.C, G. P. E.' y 49792, 'H.S.B.C., A. J. B.', dictámenes Agente Fiscal de 17-1-2020), resultando ésta una norma de orden público, que hace ceder las disposiciones del Código procesal en cuanto a la atribución de la competencia (conf. Art. 36 de la Ley 24240 reformada por la Ley 26.361)". "En virtud de ello resulta competente para entender en relación a la materia y al territorio la Justicia de Paz Letrada correspondiente al domicilio real de los ejecutados, circunstancias fácticas asimilables al criterio adoptado por la Suprema Corte de Justicia (C.109.305 autos 'Cuevas, Eduardo Alberto c/ Salcedo, Alejandro Rene s/Cobro Ejecutivo')".
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: