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OJEDA, GRACIELA LUJAN c/ OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente ferroviario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia, revocando la condena al Estado Nacional y declarando oponible a la víctima el límite de cobertura y franquicia de la póliza de seguro.

Dano moral Limite de cobertura de seguro Incapacidad permanente Legitimacion pasiva Accidente ferroviario Responsabilidad de empresa de transporte


- Actora: Graciela Luján Ojeda
- Demandados: Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE) y Estado Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente al descender de un tren

¿Qué se resolvió?

Se revocó la condena al Estado Nacional por falta de legitimación pasiva. Se confirmó la condena a SOFSE. Se declaró oponible a la víctima el límite de cobertura y franquicia de la póliza de seguro. Fundamentos relevantes:
- El Estado Nacional no tenía legitimación pasiva al momento del hecho, ya que la operación del servicio ferroviario había sido transferida a SOFSE.
- Se acreditó que la actora sufrió lesiones al descender del tren, por lo que SOFSE incumplió su obligación de seguridad como transportista.
- El límite de cobertura y franquicia de la póliza de seguro son oponibles a la víctima, por no haberlos cuestionado en la demanda.
- La incapacidad psicofísica, daño moral, tratamiento psicológico y lucro cesante fueron confirmados.

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