HIDALGO, BERNARDO c/ UNIVERSIDAD ARGENTINA DE LA EMPRESA (UADE) s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor demandó por la publicación de su imagen sin consentimiento en un libro institucional de la universidad. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia y rechazó la demanda, considerando que la publicación se encuadra en excepciones legales.
Indemnización por publicación de imagen sin consentimiento en un libro institucional.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La fotografía del actor publicada en el libro institucional de la UADE encuadra en las excepciones al consentimiento previstas en el art. 53 CCyC: 1) el actor participó como profesor en actos de la universidad; 2) existía un interés cultural y educacional prioritario en la publicación; 3) no se afectó su honor o reputación.
- El consentimiento para la captación y publicación de la imagen puede ser tácito, lo que se infiere de las circunstancias, como que la foto no fue tomada clandestinamente y el actor no negó haber sido profesor de la universidad.
- Si bien la captación y reproducción son etapas diferentes, la segunda era consecuencia imaginable de la primera.
- El libro tenía un fin institucional, no comercial, por lo que no hubo un uso indebido o abusivo de la imagen.
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