C.P.D. S.A. C/ TRAMA FABIAN EDUARDO S/COBRO EJECUTIVO
La ejecutada interpuso recurso de apelación contra la sentencia que rechazó su planteo prescriptivo en un cobro ejecutivo por suma de $61.500,00. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia al considerar que los efectos interruptivos de la prescripción se mantienen vigentes durante todo el proceso, conforme lo establece el artículo 2547 del Código Civil y Comercial.
Quién demanda: C.P.D. S.A.
¿A quién se demanda?
TRAMA Fabián Eduardo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo por suma de $61.500,00, más intereses y costas de la ejecución. El ejecutado interpuso planteo prescriptivo que fue rechazado en primera instancia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelación rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada y confirmó la sentencia de primera instancia que rechazaba el planteo de prescripción, mandando llevar adelante la ejecución.
Fundamentos principales:
El Dr. Alfredo Eduardo Méndez, en su voto mayoritario, expresó: "El nuevo art. 2547 del CCyC ha venido a poner fin a la disparidad de posturas mantenidas en doctrina al sostener que la interrupción de la prescripción por toda petición del titular del derecho ante la autoridad judicial que traduzca la intención de no abandonarlo únicamente se tendrá por no sucedida si la actora hubiese desistido del proceso o hubiere tenido lugar la perención de la instancia. La ley no exige -ni expresa ni implícitamente
- la notificación al accionado de aquella pieza procesal."
El tribunal sostuvo que "los efectos interruptivos de la demanda en cuanto a la prescripción se proyectan durante todo el proceso y sólo pueden ser invalidados por las causales que claramente prevé la normativa fondal (art. 2547 del CCyC, art. 3987 del derogado CC)."
Finalmente, concluyó: "Por tales motivos, al no haber operado en este proceso la caducidad de instancia ni el desistimiento, los efectos interruptivos de la prescripción acaecidos con la interposición de la demanda permanecen latentes, por lo que el planteo de prescripción debe rechazarse."
El Dr. Rodrigo Hernán Cataldo votó en igual sentido y por los mismos fundamentos.
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