SALAZAR GABRIEL ALEXIS C/ SERENA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.U S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Trabajador demandó a aseguradora de riesgos del trabajo por accidente laboral. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes, ordenando a la demandada asumir costas procesales y garantizar el pago del capital conciliado en cuenta bancaria del trabajador.
Quién demanda: SALAZAR GABRIEL ALEXIS
¿A quién se demanda?
SERENA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.U
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por accidente de trabajo, acción especial conforme la Ley de Contrato de Trabajo.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes mediante presentación electrónica de fecha 27/05/2026, condenando a la demandada al pago de costas procesales, honorarios profesionales regulados en 18.09 JUS ($900.000) para cada letrado interviniente, tasa de justicia, y ordenando que el capital conciliado se deposite en cuenta bancaria de titularidad del trabajador. Fundamentos principales de la decisión: "Que la conciliación arribada entre la parte actora y demandada obrante en la presentación electrónica de fecha 27/05/2026 no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en los arts. 12 y 15 L.C.T." "Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio (art. 30 de la ley 15.057), y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en el que se ventilen cuestiones de índole alimentario, tal es el de los potenciales créditos reclamados en autos." "Que asimismo, las partes han pactado la multa aplicable en caso de que se incumpla la obligación y la misma resulta proporcionada con el monto conciliado (art 790 CCC), estableciendo además, que la demandada se hará cargo de las costas originadas por la presente acción." Los Dres. Gabriele y Cáceres adhieren al voto precedente, por compartir sus fundamentos.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: